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Convenio colectivo de Fujitsu Technology Solutions, SAU

Vigente según el texto publicado

Fuente oficial: publicación BOE-A-2026-17164 del BOE · Verificado el 12/08/2026 contra el texto oficial.
Código de convenio
90008212011993
Ámbito
empresa · España
Sector
tecnología informática
Incrementos pactados
Desde el 1 de enero de 2026 se elevan las compensaciones por jornada partida de 10,50 a 11,00 euros y por jornada partida sin teletrabajo de 1,00 a 2,00 euros.; A partir del 1 de abril de 2026, las tablas salariales muestran importes superiores a los vigentes desde el 1 de abril de 2025; el texto aportado no indica expresamente el porcentaje.; La ayuda familiar aumenta de 13,50 a 15,00 euros mensuales desde el 1 de enero de 2026.; Las dietas y determinadas compensaciones de comida se actualizan desde el 1 de enero de 2026.; Desde el 1 de abril de 2026 se actualizan las aportaciones al plan de pensiones a 600 euros anuales/50 euros mensuales para el primer colectivo y 516 euros anuales/43 euros mensuales para el segundo.
Jornada anual
1740 horas
Vacaciones
22 días

La publicación registra y publica el convenio colectivo de Fujitsu Technology Solutions, SAU, aplicable a su plantilla con exclusiones específicas. Esta parte regula la vigencia, denuncia, órganos paritarios, contratación, formación, organización del trabajo y clasificación profesional en siete grupos y tres niveles por grupo.

Otros conceptos económicos del convenio

Concepto Importe
Ayuda anual para aprendizaje de idioma profesional 900 €/persona/curso escolar
Fondo anual de Ayuda de Estudios 60.000 €/año
Límite de Ayuda de Estudios 1.000 €/persona/año
Compensación temporal por gastos de alquiler 750 €/mes
Cantidad global sustitutiva por viaje de fin de semana 38,8 €/día por cada viaje de fin de semana
Cantidad compensatoria por periodo de descanso no disfrutado 159,64 € por cada periodo de descanso
Compensación por adscripción a módulo horario 10,5 €/día de jornada partida
Compensación por jornada partida sin teletrabajo 1 €/día de trabajo efectivo
Compensación actualizada por adscripción a módulo horario desde 1 de enero de 2026 11 €/día de jornada partida
Complemento de puesto por cambio empresarial al módulo horario E 42,07 €/semana brutos
Plus de Disponibilidad por hora de guardia hasta 50 horas semanales 2,9 €/hora
Plus de Disponibilidad por hora de guardia en día laborable cuando se superan 50 horas semanales 1,8 €/hora
Plus de Disponibilidad por hora de guardia en sábado, domingo o festivo cuando se superan 50 horas semanales 2,9 €/hora
Acelerador del Plus de Disponibilidad por superar 50 horas de guardia durante una semana del mes 10 €/mes
Acelerador del Plus de Disponibilidad por superar 50 horas de guardia durante dos semanas del mes 100 €/mes
Acelerador del Plus de Disponibilidad por superar 50 horas de guardia durante tres semanas del mes 200 €/mes
Acelerador del Plus de Disponibilidad por superar 50 horas de guardia durante cuatro semanas o más del mes 350 €/mes
Valor hora de exceso en día laborable para personal técnico 22 €/hora
Valor hora de exceso en sábado, domingo o festivo para personal técnico 30 €/hora
Valor hora de exceso en día laborable para personal administrativo o de almacén 15,5 €/hora
Valor hora de exceso en sábado, domingo o festivo para personal administrativo o de almacén 21 €/hora
Compensación por hora de desplazamiento directo del domicilio a la sede del cliente 12,02 €/hora
Compensación por semana modificada de vacaciones para personal de Mantenimiento 60,1 €/semana
Paga lineal no consolidable condicionada al IPC 200 €
Dieta completa hasta el 31 de diciembre de 2025 39 €/día
Comida hasta el 31 de diciembre de 2025 14 €/día
Cena hasta el 31 de diciembre de 2025 21 €/día
Dieta completa desde el 1 de enero de 2026 41 €/día
Comida desde el 1 de enero de 2026 16 €/día
Cena desde el 1 de enero de 2026 21 €/día
Compensación de comida durante jornada intensiva en laborable hasta el 31 de diciembre de 2025 11 €/día
Compensación de comida durante jornada intensiva en sábado o festivo hasta el 31 de diciembre de 2025 14 €/día
Compensación de comida durante jornada intensiva en laborable desde el 1 de enero de 2026 16 €/día
Compensación de comida durante jornada intensiva en sábado o festivo desde el 1 de enero de 2026 21 €/día
Plus de Transporte 2,7 €/día de asistencia efectiva
Ayuda familiar hasta el 31 de diciembre de 2025 13,5 €/mes por hijo/a
Ayuda familiar desde el 1 de enero de 2026 15 €/mes por hijo/a
Dotación anual del Fondo de Ayuda de Estudios 40.000 €/año
Límite de ayuda del Fondo de Ayuda de Estudios por empleado e hijo 300 €/año
Ayuda por discapacidad 100 €/mes
Fondo Económico único para préstamos 240.000 €
Préstamo máximo ordinario 3.000 €
Préstamo máximo excepcional 7.000 €
Aportación anual al Plan de Pensiones de Empleo para personal con antigüedad superior al 31 de marzo de 1997 575 €/año
Aportación mensual al Plan de Pensiones de Empleo para personal con antigüedad superior al 31 de marzo de 1997 47,92 €/mes
Aportación anual al Plan de Pensiones de Empleo para personal con antigüedad inferior al 1 de abril de 1997 480 €/año
Aportación mensual al Plan de Pensiones de Empleo para personal con antigüedad inferior al 1 de abril de 1997 40 €/mes
Aportación anual al Plan de Pensiones de Empleo desde el 1 de abril de 2026 para personal con antigüedad superior al 31 de marzo de 1997 600 €/año
Aportación mensual al Plan de Pensiones de Empleo desde el 1 de abril de 2026 para personal con antigüedad superior al 31 de marzo de 1997 50 €/mes
Aportación anual al Plan de Pensiones de Empleo desde el 1 de abril de 2026 para personal con antigüedad inferior al 1 de abril de 1997 516 €/año
Aportación mensual al Plan de Pensiones de Empleo desde el 1 de abril de 2026 para personal con antigüedad inferior al 1 de abril de 1997 43 €/mes
Compensación de gastos de teletrabajo 2,25 €/día completo de teletrabajo

Artículo 14.7. Correspondencia grupo profesional-Puesto de trabajo

PuestoGrupo profesional
Director/a de Dirección.Grupo 0.
Director/a de Área.Grupo 0.
Director/a de Departamento.Grupo 0.
Jefe/a de Grupo 1.Superior o igual a Grupo 1.
Jefe/a de Departamento.Superior o igual a Grupo 1.
Jefe/a de Sección.Superior o igual a Grupo 2.
Jefe/a de Grupo 2.Superior o igual a Grupo 2.
Coordinador/a.Superior o igual a Grupo 3.
Jefe/a de Grupo 3.Superior o igual a Grupo 3.
Responsable.Superior o igual a Grupo 3.

Artículo 14.8. Correspondencia grupo profesional-Global Role Framework (GRF)

Nivel en el Global Role FrameworkGrupo de referencia en el convenio colectivo
15 o superior0
140
130/1
121
122
112
103
94
85
7 o inferior6

Artículo 14.9. Tabla de puntuación grupos profesionales 2 al 4: nivel de desempeño

 Puntos
Alto en el ejercicio anterior.4
Normal-Alto durante dos ejercicios fiscales consecutivos.4
Normal-Alto en el ejercicio anterior.3
Normal durante tres ejercicios fiscales consecutivos.3
Normal durante dos ejercicios fiscales consecutivos.2

Artículo 14.9. Tabla de puntuación grupo profesional 5: nivel de desempeño

 Puntos
Alto dos ejercicios fiscales.5
Alto un ejercicio fiscal.4
Normal-Alto dos ejercicios fiscales.4
Normal-Alto un ejercicio fiscal.3
Normal dos ejercicios fiscales.3

Salarios base por grupo profesional y nivel

GrupoNivelSalario anual a partir del 1 de abril de 2025Salario anual a partir del 1 de abril de 2026
0163.433,5665.241,42
0257.532,8259.172,5
0352.471,9153.967,36
1448.909,850.303,73
1546.379,6947.701,51
1643.844,7245.094,29
2742.857,7444.079,19
2841.069,1342.239,6
2939.305,5240.425,73
31036.534,3837.575,61
31134.699,9935.688,94
31232.881,333.818,42
41330.068,1630.925,1
41427.711,8428.501,63
41525.415,6626.140
51623.626,6124.299,97
51722.757,123.405,68
51821.864,4622.487,6
61920.929,221.525,68
62019.005,8219.547,49
62117.31617.809,51

Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.

Complementos de puesto

PuestoImporte euros
Director/a de Dirección.15.025,3
Director/a de Área.12.020,24
Director/a de Departamento.9.015,18
Jefe/a de Grupo 1.7.512,65
Jefe/a de Departamento.7.212,15
Jefe/a de Sección.5.409,11
Jefe/a de Grupo 2.4.507,59
Coordinador/a.2.704,55
Jefe/a de Grupo 3.2.103,54
Responsable.1.502,53

Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.

Seguro de vida y accidente: colectivo, capital y garantías

SeguroColectivoCapital – EurosGarantíasGarantíasGarantíasGarantíasGarantíasGarantías
SeguroColectivoCapital – EurosFIPIPAIPTMARiesgo
Vida.Todas las personas trabajadoras.66.111,33XXX-X-
Accidente.Ídem.66.111,33XX-X-24 horas.

Propuestas de medidas para incluir en el Plan de Diversidad LGTBI

MateriaMedidaObjetivo
Clasificación y promoción profesional (cláusulas de no discriminación en estas materias).1.1 Creación de una comisión LGTBI+.1.1.1 La comisión estará formada por miembros de la Comisión de Igualdad de la empresa.
Clasificación y promoción profesional (cláusulas de no discriminación en estas materias).2.1 Realización de un Diagnóstico con foco en Diversidad LGTBI.2.1.1 Conocer la diversidad de la plantilla en el ámbito LGTBI.
Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.3.1 Elaboración y comunicación del Protocolo de Acoso LGTBI.3.1.1 Disponer de un protocolo específico de actuación para la atención del acoso y la violencia contra las personas LGTBI.
Permisos y beneficios sociales.4.1 Medidas para la inclusión de las personas TRANS o en periodo de transición.4.1.1 Disponer de una guía de derechos y apoyo para periodos de transición y cambio de nombre.
Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.4.2 Medidas para la inclusión de las personas TRANS o en periodo de transición.4.2.1 Tener un punto de contacto en el Comité de Seguridad y Salud o Prevención, realizando si fuera necesaria una evaluación de riesgos laborales y psicosociales.
Permisos y beneficios sociales.4.3 Medidas para la inclusión de las personas TRANS o en periodo de transición.4.3.1 Asistencia a consultas médicas/bajas I.T. Evitar excluir del porcentaje para el despido objetivo por absentismo laboral cuando una persona trans requiera asistencia a consultas médicas y/o tener periodos de incapacidad temporal por encontrarse en un periodo de transición.
Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.4.4 Medidas para la inclusión de las personas TRANS o en periodo de transición.4.4.1 Revisión de los espacios comunes y lavabos para garantizar que son espacios seguros y libres de violencia para todas las personas.
Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.4.5 Medidas para la inclusión de las personas TRANS o en periodo de transición.4.5.1 Reconocimientos médicos adaptados a personas Trans.
Permisos y beneficios sociales.5.1. Medidas para la inclusión de Mujeres Trans o en periodo de transición.5.1.1 Se establece una bolsa de 40 horas de libre disposición anuales, mientras dure la transición.
Acceso al empleo.6.1. Asociación con organización que fomente entornos laborales seguros - diversidad LGTBI.6.1.1 Hacer de Fujitsu un entorno laboral seguro y respetuoso con todas las personas, independientemente de su identidad, características sexuales, expresión de género u orientación sexual.
Acceso al empleo.6.2. Capacitación y concienciación Diversidad LGTBI.6.2.1 Área de Selección y RR. HH.: Capacitación y concienciación Diversidad LGTBI.
Entornos laborales diversos, seguros e inclusivos.6.2. Capacitación y concienciación Diversidad LGTBI.6.2.2 Certificaciones en prevención del acoso LGTBI.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.2. Capacitación y concienciación Diversidad LGTBI.6.2.3 Plantilla: Capacitación y concienciación Diversidad LGTBI.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.3. Guía Lenguaje inclusivo LGTBI.6.3.1 Disponer de una guía de lenguaje inclusivo específico para Diversidad LGTBI.
Acceso al empleo.6.4 Atracción de talento diverso foco LGTBI.6.4.1 Llegar a personas del colectivo LGTBI en la lista de candidatos a las vacantes.
Acceso al empleo.6.5 Selección Cvs Ciegos.6.5.1 Se utilizará para la selección de persona, CVs ciegos que permita identificar y evaluar candidaturas exclusivamente en función de los conocimientos, actitudes y competencias para los diferentes puestos de trabajo.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.6. Definir y establecer una campaña de aliados local LGTBI.6.6.1 Disponer de un equipo de personas identificadas por toda la compañía que pueda dar soporte y ayuda a empleados y apoyo familiar. Fujitsu te cuida.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.7. Celebración Días específicos LGTBI.6.7.1 Dar visibilidad y concienciar sobre días como Día contra la homofobia, bifobia, transfobia y el mes del Orgullo.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.8. Involucración Management.6.8.1 Incluir al management de la compañía para que se visibilice y apoye las iniciativas.
Formación, sensibilización y lenguaje.6.9. Fomentar la participación en las comunidades de Viva Engage relacionadas con LGTBI.6.9.1 Visibilizar el apoyo a la Comunidad LGTBI de la plantilla de España.
Régimen disciplinario.7.1 Régimen disciplinario.7.1.1 Según convenio.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la jornada anual según el Convenio colectivo de Fujitsu Technology Solutions, SAU?

La jornada anual pactada es de 1740 horas, según el texto publicado en el boletín oficial.

¿Cuántos días de vacaciones establece el Convenio colectivo de Fujitsu Technology Solutions, SAU?

El convenio establece 22 días de vacaciones anuales, según el texto publicado en el boletín oficial.

¿Qué subida salarial pacta el Convenio colectivo de Fujitsu Technology Solutions, SAU?

Incrementos pactados: Desde el 1 de enero de 2026 se elevan las compensaciones por jornada partida de 10,50 a 11,00 euros y por jornada partida sin teletrabajo de 1,00 a 2,00 euros.; A partir del 1 de abril de 2026, las tablas salariales muestran importes superiores a los vigentes desde el 1 de abril de 2025; el texto aportado no indica expresamente el porcentaje.; La ayuda familiar aumenta de 13,50 a 15,00 euros mensuales desde el 1 de enero de 2026.; Las dietas y determinadas compensaciones de comida se actualizan desde el 1 de enero de 2026.; Desde el 1 de abril de 2026 se actualizan las aportaciones al plan de pensiones a 600 euros anuales/50 euros mensuales para el primer colectivo y 516 euros anuales/43 euros mensuales para el segundo..

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