I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado
Vigente según el texto publicado
- Código de convenio
- 99100315012026
- Ámbito
- estatal · España
- Sector
- comercio textil y calzado
- Incrementos pactados
- 2027: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2026.; 2028: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2027.; Si el IPC de 2027 o 2028 supera el 3%, se prevé una actualización adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1%, aplicada con efectos de 1 de enero de 2028 o 2029, según corresponda.; Para determinados salarios superiores procedentes del convenio anterior sin actualización en 2026, se establece un incremento del 4% en 2026 sobre el complemento ad personam revalorizable.
- Vacaciones
- 31 días
La publicación registra y ordena publicar el primer convenio estatal aplicable a grandes cadenas comerciales de los sectores textil y del calzado, con ámbito en todo España y vigencia pactada hasta el 31 de diciembre de 2028. Esta parte regula principalmente los ámbitos de aplicación, la clasificación en seis grupos profesionales y diversas modalidades contractuales, incluidos límites y garantías para contratos temporales, fijos discontinuos y a tiempo parcial.
Otros conceptos económicos del convenio
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Complemento funcional del Nivel 1 del Grupo 2 | 1.450 €/año |
| Plus por trabajo en domingos en jornada completa | 55 €/día |
| Plus por trabajo en domingos | 6,87 €/hora |
| Plus por trabajo en festivos en jornada completa | 80 €/día |
| Plus por trabajo en festivos | 10 €/hora |
| Compensación por teletrabajo | 2 €/día de prestación efectiva en teletrabajo a jornada completa |
| Capital mínimo del seguro colectivo | 30.000 € |
Tabla de jornada máxima anual
| 2026 | 2027 | 2028 |
|---|---|---|
| 1.770 | 1.760 | 1.740 |
2026 · Tabla de salario base anual y por hora para los grupos profesionales en 2026
| Grupo | 2026 anual | 2026 hora |
|---|---|---|
| Grupo 6. | 18.000 | 10,17 |
| Grupo 5. | 18.200 | 10,29 |
| Grupo 4. | 19.200 | 10,85 |
| Grupo 3. | 19.970 | 11,29 |
| Grupo 2 (nivel 2). | 20.740 | 11,72 |
| Grupo 2 (nivel 1). | 20.740 | 11,72 |
| Grupo 1. | 24.860 | 14,04 |
Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.
Aplicación progresiva del plus de domingos y festivos
| Año | Domingos – Euros | Festivos – Euros |
|---|---|---|
| 2026 | 45 (5,62 euros/hora) | 70 (8,75 euros/hora) |
| 2027 | 50 (6,25 euros/hora) | 75 (9,37 euros/hora) |
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones establece el I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado?
El convenio establece 31 días de vacaciones anuales, según el texto publicado en el boletín oficial.
¿Qué subida salarial pacta el I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado?
Incrementos pactados: 2027: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2026.; 2028: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2027.; Si el IPC de 2027 o 2028 supera el 3%, se prevé una actualización adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1%, aplicada con efectos de 1 de enero de 2028 o 2029, según corresponda.; Para determinados salarios superiores procedentes del convenio anterior sin actualización en 2026, se establece un incremento del 4% en 2026 sobre el complemento ad personam revalorizable..
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