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I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado

Vigente según el texto publicado

Fuente oficial: publicación BOE-A-2026-16628 del BOE · Verificado el 12/08/2026 contra el texto oficial.
Código de convenio
99100315012026
Ámbito
estatal · España
Sector
comercio textil y calzado
Incrementos pactados
2027: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2026.; 2028: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2027.; Si el IPC de 2027 o 2028 supera el 3%, se prevé una actualización adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1%, aplicada con efectos de 1 de enero de 2028 o 2029, según corresponda.; Para determinados salarios superiores procedentes del convenio anterior sin actualización en 2026, se establece un incremento del 4% en 2026 sobre el complemento ad personam revalorizable.
Vacaciones
31 días

La publicación registra y ordena publicar el primer convenio estatal aplicable a grandes cadenas comerciales de los sectores textil y del calzado, con ámbito en todo España y vigencia pactada hasta el 31 de diciembre de 2028. Esta parte regula principalmente los ámbitos de aplicación, la clasificación en seis grupos profesionales y diversas modalidades contractuales, incluidos límites y garantías para contratos temporales, fijos discontinuos y a tiempo parcial.

Otros conceptos económicos del convenio

Concepto Importe
Complemento funcional del Nivel 1 del Grupo 2 1.450 €/año
Plus por trabajo en domingos en jornada completa 55 €/día
Plus por trabajo en domingos 6,87 €/hora
Plus por trabajo en festivos en jornada completa 80 €/día
Plus por trabajo en festivos 10 €/hora
Compensación por teletrabajo 2 €/día de prestación efectiva en teletrabajo a jornada completa
Capital mínimo del seguro colectivo 30.000 €

Tabla de jornada máxima anual

202620272028
1.7701.7601.740

2026 · Tabla de salario base anual y por hora para los grupos profesionales en 2026

Grupo2026 anual2026 hora
Grupo 6.18.00010,17
Grupo 5.18.20010,29
Grupo 4.19.20010,85
Grupo 3.19.97011,29
Grupo 2 (nivel 2).20.74011,72
Grupo 2 (nivel 1).20.74011,72
Grupo 1.24.86014,04

Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.

Aplicación progresiva del plus de domingos y festivos

AñoDomingos – EurosFestivos – Euros
202645 (5,62 euros/hora)70 (8,75 euros/hora)
202750 (6,25 euros/hora)75 (9,37 euros/hora)

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones establece el I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado?

El convenio establece 31 días de vacaciones anuales, según el texto publicado en el boletín oficial.

¿Qué subida salarial pacta el I Convenio colectivo estatal de grandes cadenas comerciales del sector de comercio textil y del calzado?

Incrementos pactados: 2027: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2026.; 2028: incremento del 3% sobre el salario base anual de 2027.; Si el IPC de 2027 o 2028 supera el 3%, se prevé una actualización adicional por la diferencia, con un límite máximo del 1%, aplicada con efectos de 1 de enero de 2028 o 2029, según corresponda.; Para determinados salarios superiores procedentes del convenio anterior sin actualización en 2026, se establece un incremento del 4% en 2026 sobre el complemento ad personam revalorizable..

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