XXI Convenio colectivo general de la industria química
Vigente según el texto publicado
Fuente oficial: publicación BOE-A-2026-3870 del BOE ·
Verificado el 15/09/2026 contra el texto oficial.
Código de convenio
99004235011981
Ámbito
estatal · España
Sector
industria química
Incrementos pactados
2025: se mantienen los incrementos del 3 % aplicados sobre la masa salarial bruta de 31 de diciembre de 2024, sin revisión adicional al situarse el IPC de 2025 en el 2,9 %.; 2026: incremento del 3 % sobre la masa salarial bruta depurada y homogeneizada a 31 de diciembre de 2025; se reserva el 0,6 % para nuevas antigüedades, complemento de puesto y ajustes de abanicos salariales.; 2026: +3 % en salarios mínimos garantizados, compensación por trabajo a distancia, dietas y kilometraje; +5 % en los mínimos de nocturnidad, turnicidad y festivos.
La resolución publica el acuerdo de revisión salarial del XXI Convenio colectivo general de la industria química, aplicable al sector en todo España. El acta confirma para 2025 los incrementos del 3 % ya aplicados, sin revisión adicional porque el IPC anual quedó en el 2,9 %. Para 2026 establece un aumento del 3 % sobre la masa salarial bruta depurada, con una reserva del 0,6 % destinada a nuevas antigüedades, complementos de puesto y ajustes entre bandas salariales. También actualiza un 3 % los salarios mínimos garantizados, la compensación por trabajo a distancia y las dietas y el kilometraje, mientras que los mínimos de nocturnidad, turnicidad y festivos suben un 5 %. Se publican las tablas económicas con efectos desde el 1 de enero de 2026.
2026 · revisadas · Artículo 32. Tabla de salarios mínimos garantizados anuales por grupos profesionales desde el 1 de enero de 2026.
Euros/año
Grupo 1.
20.311,46
Grupo 2.
21.733,25
Grupo 3.
23.561,31
Grupo 4.
26.201,81
Grupo 5.
29.856,97
Grupo 6.
34.935,76
Grupo 7.
42.450,95
Grupo 8.
53.825,35
Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.
2026 · revisadas · Artículo 40. Plus de nocturnidad desde el 1 de enero de 2026.
Euros noche completa trabajada
Nocturnidad.
15,3
2026 · revisadas · Artículo 47.6. Tabla de salarios mínimos garantizados anuales para sistemas a turnos en proceso continuo desde el 1 de enero de 2026.
Euros/año
Grupo 1.
25.023,72
Grupo 2.
26.445,52
Grupo 3.
28.273,56
Grupo 4.
30.914,04
Grupo 5.
34.570,13
Grupo 6.
39.648
Grupo 7.
47.163,22
Grupo 8.
58.537,63
Importes en euros salvo que la cabecera indique otra unidad.
2026 · revisadas · Artículo 47.7. Plus de turnicidad desde el 1 de enero de 2026.
Euros día efectivo trabajado en régimen de turnos
Plus de Turnicidad.
1,68
2026 · revisadas · Artículo 47.7. Plus de festivo desde el 1 de enero de 2026.
Euros por cada domingo o festivo completo trabajado
Plus de Festivo.
41,48
2026 · revisadas · Artículo 11.6. Compensación por trabajo a distancia desde el 1 de enero de 2026.
Euros mensuales para trabajadores a jornada completa y con el 100 por 100 en régimen de trabajo a distancia
Compensación trabajo a distancia.
44,1
2026 · revisadas · Artículo 28.4. Dietas y kilometraje desde el 1 de enero de 2026.
Euros/día
Realizando una comida fuera.
27,31
Realizando dos comidas fuera.
54,54
Realizando dos comidas fuera y pernoctando fuera del domicilio.
163,06
Kilometraje por utilización de vehículo propio.
0,5
Preguntas frecuentes
¿Qué subida salarial pacta el XXI Convenio colectivo general de la industria química?
Incrementos pactados: 2025: se mantienen los incrementos del 3 % aplicados sobre la masa salarial bruta de 31 de diciembre de 2024, sin revisión adicional al situarse el IPC de 2025 en el 2,9 %.; 2026: incremento del 3 % sobre la masa salarial bruta depurada y homogeneizada a 31 de diciembre de 2025; se reserva el 0,6 % para nuevas antigüedades, complemento de puesto y ajustes de abanicos salariales.; 2026: +3 % en salarios mínimos garantizados, compensación por trabajo a distancia, dietas y kilometraje; +5 % en los mínimos de nocturnidad, turnicidad y festivos..